Política en Guatemala
Juzgado deja sin efecto emplazamiento contra el Mineduc y respalda el procedimiento seguido por la cartera educativa
Juzgado levantó el emplazamiento contra el Mineduc y la cartera afirma que la resolución respalda sus actuaciones.
El Juzgado Noveno Pluripersonal de Trabajo resolvió dejar sin efecto el emplazamiento promovido por el Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG) contra el Ministerio de Educación (Mineduc), una decisión que, de acuerdo con la cartera educativa, confirma que sus actuaciones durante el proceso se realizaron conforme a la ley.
La resolución fue dada a conocer por el Ministerio de Educación mediante un comunicado oficial, en el que señaló que el tribunal concluyó que el sindicato acudió a la vía judicial sin haber agotado previamente el procedimiento de negociación por la vía directa.
Como consecuencia, el juzgado ordenó levantar el emplazamiento.
Para el Mineduc, el fallo representa un nuevo respaldo a la legalidad de las acciones impulsadas por la institución en el marco del conflicto laboral y reafirma la validez del procedimiento seguido durante las negociaciones.
¿Qué resolvió el Juzgado Noveno de Trabajo?
Según lo informado por el Ministerio de Educación, el órgano jurisdiccional determinó que el proceso judicial promovido por el STEG se presentó antes de concluir la etapa de negociación directa entre las partes.
Con base en ese criterio, el juzgado resolvió dejar sin efecto el emplazamiento, una medida que había sido planteada contra la cartera educativa.
El Ministerio sostuvo que la resolución fortalece la posición institucional respecto a las actuaciones realizadas y reiteró que continuará desarrollando acciones dirigidas al fortalecimiento del sistema educativo.
Mineduc insiste en el equilibrio entre derechos laborales y educación
Tras conocer la decisión judicial, la cartera educativa reiteró su postura sobre la necesidad de mantener un equilibrio entre el respeto a los derechos laborales y la garantía del derecho a la educación.
En su pronunciamiento oficial, el Ministerio señaló que los derechos laborales deben respetarse, al tiempo que enfatizó que el derecho a la educación debe garantizarse dentro del marco legal.
La CC ya había reafirmado la rectoría del Ministerio de Educación
Este nuevo pronunciamiento judicial se suma a otra resolución dada a conocer por el Ministerio el pasado 5 de junio, cuando informó que la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió el expediente 3096-2025, promovido por la Procuraduría General de la Nación (PGN), relacionado con disposiciones del Pacto Colectivo vigente.
De acuerdo con el comunicado oficial del Mineduc, la Corte acogió la postura del Estado de Guatemala al considerar que algunas disposiciones del pacto afectaban competencias que corresponden exclusivamente al Ministerio de Educación.
Como parte de esa resolución, la CC dejó sin efecto determinadas frases contenidas en los artículos 20, 21 y 62 del pacto colectivo y fijó criterios de interpretación para los artículos 1, 45, 46 y 47, con el propósito de que su aplicación no interfiera con las funciones institucionales de la cartera educativa.
Resolución define competencias del Mineduc
Según lo informado por el Ministerio, la resolución de la Corte de Constitucionalidad establece que la conducción del sistema educativo nacional corresponde exclusivamente al Mineduc.
En ese sentido, decisiones relacionadas con programas educativos, procesos de capacitación, supervisión y prestación de los servicios de educación no pueden quedar sujetas a la aprobación, supervisión o consenso de organizaciones sindicales, de acuerdo con los criterios fijados por el máximo tribunal constitucional.



