Nacionales
Nuevo límite para cargar peso en Guatemala: así cambian las reglas para trabajadores desde el 24 de julio
Guatemala actualiza los límites para carga manual en el trabajo. Conozca qué cambia y cuándo entra en vigor la reforma.
El Gobierno de Guatemala oficializó una reforma al Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional con la que se actualizan los límites permitidos para la manipulación manual de cargas en los centros de trabajo.
La modificación fue publicada en el Diario de Centro América mediante el Acuerdo Gubernativo 127-2026 y establece nuevos parámetros que deberán ser observados por empleadores y trabajadores.
La reforma modifica el artículo 90 del Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, vigente desde 2014, con el objetivo de actualizar las condiciones relacionadas con el levantamiento manual de peso, tomando como referencia criterios de seguridad establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).


¿Cuáles son los nuevos límites de peso?
El acuerdo fija un peso máximo permitido para la manipulación manual de cargas de acuerdo con la edad de los trabajadores varones.
Los límites quedaron establecidos de la siguiente manera:
- Varones de 18 a 22 años: hasta 20 kilogramos (44.09 libras).
- Varones de 22 años en adelante: hasta 45.36 kilogramos (100 libras).
En el caso de las mujeres, la normativa establece que el peso máximo permitido deberá ser considerablemente inferior y no podrá exceder el equivalente al 75 % del peso autorizado para los trabajadores varones, conforme a los criterios que determine la OIT.
Restricciones durante el embarazo
La reforma también incorpora disposiciones específicas para proteger a las trabajadoras durante el embarazo y el período posterior al parto.
El acuerdo prohíbe que las mujeres realicen transporte manual de cargas durante un embarazo comprobado por un médico y durante las 10 semanas siguientes al parto.
Además, mantiene límites sobre la cantidad de peso acumulado que puede manipularse durante una jornada laboral de ocho horas, dependiendo de la distancia recorrida con la carga.
También establece medidas para reducir riesgos
Cuando no sea posible evitar la manipulación manual de cargas, el reglamento señala que esta deberá realizarse siguiendo medidas de seguridad para disminuir el riesgo de lesiones.
Entre ellas se indica que la carga debe levantarse cerca del tronco, con la espalda recta, evitando giros e inclinaciones bruscas y realizando movimientos suaves y espaciados.
La normativa añade que los trabajadores especialmente capacitados podrán manipular cargas de hasta 45.36 kilogramos (100 libras) únicamente cuando la actividad sea esporádica y se desarrolle en condiciones seguras.
Si el trabajo requiere levantar pesos superiores o realizar esta labor de forma continua, deberán utilizarse ayudas mecánicas o distribuir la carga entre dos o más personas.
¿Cuándo entra en vigencia la reforma?
El Acuerdo Gubernativo 127-2026 dispone que la reforma comenzará a regir ocho días después de su publicación en el Diario de Centro América, por lo que su entrada en vigencia está prevista para el 24 de julio de 2026.
Asimismo, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social deberá realizar las acciones necesarias para divulgar el contenido de la reforma, mientras que los patronos deberán ajustar sus procedimientos a las nuevas disposiciones del Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional.



