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Economía

¿A cuánto queda el galón de gasolina y diésel en Guatemala tras nueva ley del Congreso?

Congreso aprueba Decreto 21-2026: fijan techos de Q39 y Q41 al combustible con fondo de Q2,500 millones. Conozca las multas.

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¿A cuánto queda el galón de gasolina y diésel en Guatemala tras nueva ley del Congreso
Foto: Archivo

En sesión plenaria y bajo la figura de urgencia nacional, el Congreso de la República avaló con 130 votos el Decreto 21-2026, denominado Ley de Estabilización y Precios de Referencia de Venta al Consumidor Final para los Combustibles Cubiertos.

La disposición técnica instaura topes comerciales directos en las estaciones de servicio de todo el país y articula una bolsa estatal de Q2 mil 500 millones para amortiguar las fluctuaciones del crudo en el mercado local.

La medida cobra fuerza inmediata tras el respaldo legislativo y estará sujeta a una vigencia delimitada hasta el 31 de diciembre de 2026, condicionada estrictamente a la disponibilidad presupuestaria del Estado.

Topes máximos de venta en estaciones de servicio

El dictamen legal fija parámetros concretos para el despacho de los tres derivados del petróleo de mayor demanda en el parque vehicular guatemalteco:

  • Gasolina regular: Techo fijado en Q39.00 por galón.
  • Diésel: Techo fijado en Q39.00 por galón.
  • Gasolina superior: Techo fijado en Q41.00 por galón.

Estas cifras operarán como el valor tope que los automovilistas deberán encontrar facturado en bomba. Cuando el precio de mercado rebase estos umbrales, el Estado intervendrá cubriendo la brecha mediante la entrega de un apoyo social temporal liquidado de manera directa a los importadores autorizados.

Estructura financiera y readecuaciones presupuestarias

Para reunir la partida de Q2 mil 500 millones, el Legislativo autorizó al Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) a incrementar los techos de egreso del Ministerio de Energía y Minas (MEM).

El esquema de fondeo se dividirá entre recursos tributarios y reasignaciones internas:

  1. Q1 mil 280 millones: Provenientes de saldos vinculados con la devolución de crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  2. Q1 mil 220 millones: Generados por recaudaciones presupuestarias ordinarias, renglón que incluye un aporte de Q400 millones del Fondo para Proyectos Viales Prioritarios (Fovip).

Recortes aplicados a carteras institucionales

El Decreto 21-2026 ordenó además un ajuste a la baja por Q507 millones 640 mil 626 en el Presupuesto General de Egresos vigente para el Ejercicio Fiscal 2026 (Decreto 36-2024). Los rubros reducidos se distribuyen administrativamente de la siguiente forma:

  • Ministerio de Gobernación (Mingob): Reducción de Q353 millones 596 mil.
  • Obligaciones del Estado a cargo del Tesoro: Recorte de Q142 millones 661 mil 872.
  • Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT): Disminución de Q10 millones 950 mil 700.
  • Ministerio de Economía (Mineco): Reajuste de Q432 mil 54.

Esquema técnico: precios Ex Rack y plazos del reglamento

El Ministerio de Energía y Minas asumirá el rol de entidad rectora del mecanismo. Tendrá un plazo legal perentorio de cinco días hábiles tras la entrada en vigor del decreto para elaborar y publicar el reglamento operativo.

Asimismo, el MEM queda obligado a publicar periódicamente las tablas del precio variable en terminales de almacenamiento (Ex Rack), el cual servirá como punto de partida técnico para auditar el diferencial que absorberá el Estado frente a las importaciones.

Fiscalización, auditoría y sanciones de la DIACO

El cumplimiento de la ley descansa en tres filtros institucionales:

  • Superintendencia de Administración Tributaria (SAT): Revisará que las operaciones contables y tributarias tanto de importadores como de distribuidores coincidan con los montos subvencionados y despachados.
  • Contraloría General de Cuentas (CGC): Mantendrá auditorías permanentes sobre el flujo de los fondos públicos asignados para blindar el destino final del gasto estatal.
  • Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (DIACO): Desplegará operativos de campo en gasolineras para cerciorarse de que los precios finales al consumidor no superen los techos de Q39 y Q41.

Los establecimientos que vendan combustible por encima de los límites estipulados enfrentarán sanciones económicas de 30 Unidades de Multa Ajustables (Umas).

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