Política en Guatemala
Congreso aprueba exoneración temporal de IVA e IDP a combustibles
La nueva normativa busca trasladar al consumidor final el beneficio tributario mediante una reducción equivalente en el precio de venta de los combustibles incluidos.
El Congreso de la República aprobó este martes 22 de septiembre el Decreto 22-2026, que establece una exoneración temporal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto de Distribución de Petróleo (IDP) para varios combustibles. La medida fue aprobada con 149 votos a favor y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
La nueva normativa busca trasladar al consumidor final el beneficio tributario mediante una reducción equivalente en el precio de venta de los combustibles incluidos.
¿Qué combustibles tendrán exoneración?
La exoneración temporal del IDP aplicará a la gasolina superior, gasolina regular, diésel y gas oil.
En el caso del IVA, el beneficio también contempla esos combustibles y agrega el alcohol carburante.
La normativa establece que el beneficio tributario deberá trasladarse en su totalidad al consumidor final, mediante una reducción equivalente en el precio de venta.
Además, las facturas electrónicas deberán reflejar por separado el beneficio correspondiente a la exoneración del IVA y el IDP.
¿A cuánto queda el galón de gasolina y diésel en Guatemala tras nueva ley del Congreso?
¿Cuánto podría bajar el precio?
De acuerdo con las estimaciones incluidas en la iniciativa 6852, la exoneración podría representar una reducción de hasta:
- Q9.41 por galón de gasolina superior.
- Q9.10 por galón de gasolina regular.
- Q6.34 por galón de diésel y gas oil.
Estas estimaciones consideran como referencia precios de Q44 para la gasolina superior, Q42 para la regular y Q47 para el diésel.
Con esos valores, los precios de referencia calculados serían aproximadamente:
| Combustible | Precio estimado | Rebaja estimada | Precio resultante |
|---|---|---|---|
| Gasolina superior | Q44.00 | Q9.41 | Q34.59 |
| Gasolina regular | Q42.00 | Q9.10 | Q32.90 |
| Diésel y gas oil | Q47.00 | Q6.34 | Q40.66 |
Los montos corresponden a estimaciones incluidas en la iniciativa y no constituyen precios máximos de venta establecidos por la ley.
MEM, SAT y DIACO supervisarán la rebaja
El Ministerio de Energía y Minas (MEM), la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (DIACO) serán las instituciones encargadas de supervisar el cumplimiento de la medida.
Las estaciones de servicio deberán reportar diariamente sus precios de venta, mientras que las facturas deberán evidenciar la aplicación del beneficio tributario.
La normativa también contempla mecanismos para evitar el contrabando y la extracción de combustibles adquiridos bajo la exoneración.
¿Cuándo termina la exoneración?
La medida tendrá carácter temporal y permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
A partir del 1 de enero de 2027, los combustibles volverán a estar sujetos al régimen tributario ordinario.
Sin embargo, la normativa establece que los combustibles adquiridos durante el período de exoneración que permanezcan en inventario al finalizar la vigencia del decreto deberán venderse sin reincorporar los impuestos exonerados, hasta agotar las existencias.
Diputados incorporan enmiendas
Durante la discusión de la iniciativa 6852, los diputados aprobaron modificaciones al proyecto original.
Una de ellas incorpora el artículo 3 Bis, que suspende temporalmente la aplicación del artículo 4 del Decreto 20-2006 para las compras de gasolina superior, gasolina regular, diésel y gas oil realizadas mediante tarjetas de crédito o débito.
Esta disposición estará vigente durante el período de la exoneración y el régimen ordinario se retomará el 1 de enero de 2027.
Suspender impuestos reduciría hasta un 20% el precio de las gasolinas
También se modificó el artículo 4 para garantizar las asignaciones y transferencias destinadas a municipalidades, Consejos de Desarrollo y otras instituciones, pese a la suspensión temporal de los impuestos.
El diputado Julio Héctor Estrada explicó que esto sería posible debido a que la recaudación de 2026 supera en más de Q2 mil millones la meta prevista, por lo que, según su explicación, la medida no afectaría las asignaciones programadas para este año.
La normativa también establece que la exoneración se aplicará únicamente a los impuestos generados durante el período de vigencia del decreto.
#AHORA | El Pleno del Congreso aprueba el Decreto 22-2026, Ley de exención tributaria temporal de emergencia al consumidor de combustibles, un alivio para el bolsillo de las familias guatemaltecas.
— Congreso Guatemala (@CongresoGuate) September 23, 2026
🏛️ #XLegislatura
🔎 #TransparenciaLegislativa pic.twitter.com/7rbpukkaua



