Política en Guatemala
Suspensión del Presupuesto 2026 impacta al situado municipal
Suspensión del Presupuesto 2026 deja a 178 municipalidades sin aumento y reduce Q136 millones del situado constitucional.
La suspensión del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2026 tendrá efectos directos en la asignación de recursos a las municipalidades del país.
Como resultado de esta medida, alrededor de 178 municipios no recibirán el incremento presupuestario que estaba previsto, según lo determinó la Comisión del Cálculo Matemático del Situado Constitucional.
La situación se origina tras la resolución de ocho amparos otorgados por la Corte de Constitucionalidad (CC), lo que obligó a mantener los montos de referencia correspondientes al presupuesto vigente de 2025, dejando sin efecto los aumentos contemplados para el próximo año.
Municipios sin incremento en la asignación constitucional
De acuerdo con la información compartida por la comisión, el proyecto original del Presupuesto 2026 contemplaba que 259 municipalidades recibieran un aumento en sus recursos. Sin embargo, al mantenerse el cálculo con base en el presupuesto anterior, 178 de ellas quedarán sin esa mejora en su asignación.
#Comunicado | A la población en general informamos el impacto que ocasiona la suspensión temporal del Presupuesto General de la Nación 2026 en la asignación de recursos a las municipalidades. pic.twitter.com/cEt96FmilB
— SEGEPLAN (@Segeplan) January 6, 2026
Este ajuste modifica de manera significativa la distribución prevista del situado constitucional, que constituye una de las principales fuentes de financiamiento para los gobiernos locales.
Reducción en el monto total a distribuir
La Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan) informó que, de haberse aprobado el Presupuesto 2026, el monto total a distribuir entre las municipalidades habría ascendido a Q6 mil 278 millones 232 mil.
No obstante, con la suspensión presupuestaria, el monto disponible se reduce a Q6 mil 141 millones 821 mil.
La diferencia entre ambos escenarios es de Q136 millones 411 mil, recursos que ya no podrán ser incorporados a las asignaciones municipales para el próximo ejercicio fiscal.
Criterios legales para la distribución del situado
Lo que establece el Código Municipal
El artículo 119 del Código Municipal define los criterios utilizados para calcular la asignación que corresponde a cada municipalidad. La distribución se realiza de la siguiente manera:
- 35% se reparte en partes iguales entre todas las municipalidades
- 30% se asigna según el número de habitantes
- 25% se distribuye de acuerdo con los ingresos propios de cada municipio
- 10% se calcula con base en el número de aldeas y caseríos
Estos parámetros son aplicados por la Comisión del Cálculo Matemático del Situado Constitucional, integrada por distintas instituciones del Estado y representantes municipales.
Destino obligatorio de los recursos
Por su parte, el artículo 257 de la Constitución Política de la República establece que los recursos asignados a las municipalidades deben dividirse en dos partes: el 90% debe destinarse a programas y proyectos de salud, educación, infraestructura y servicios públicos, mientras que el 10% restante puede utilizarse para gastos de funcionamiento.
ANAM cuestiona el cálculo actual
Señalamientos por falta de claridad
La Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM), que participa en la comisión encargada del cálculo, manifestó su oposición a la aplicación actual del procedimiento, al considerar que existen ambigüedades derivadas de los cambios en las asignaciones presentados el 26 de septiembre de 2025.
Juan Soliz, alcalde de Santa Cruz de La Laguna y tercer vicepresidente de la ANAM, expresó que se había solicitado con anterioridad una explicación detallada sobre los criterios utilizados.
“La información fue muy ambigua y hasta este punto no tenemos realmente las cosas muy claras”, señaló.
Respuesta de Segeplan
Ante los cuestionamientos, el titular de Segeplan, Carlos Mendoza, aclaró que los criterios aplicados responden estrictamente a lo establecido en el Código Municipal y que no existe margen para modificar el procedimiento desde el Gobierno Central.
En un comunicado, Mendoza subrayó que la reducción en los montos no obedece a decisiones discrecionales, sino a la aplicación automática de la normativa vigente, condicionada por la suspensión del presupuesto.
“Este cambio no responde a decisiones discrecionales del Gobierno Central, sino a la aplicación automática de la normativa vigente, dadas las restricciones impuestas por la suspensión presupuestaria”, indicó.




