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Economía

MEM habilita nueva inscripción en registro de distribuidores de alcohol carburante

MEM autoriza nueva inscripción de distribuidor de alcohol carburante en Guatemala y detalla capacidad y operación E10.

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MEM habilita nueva inscripción en registro de distribuidores de alcohol carburante
Foto: Archivo

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) formalizó la incorporación de un nuevo actor al sistema de distribución de alcohol carburante en el país, mediante la publicación del Acuerdo Ministerial 259-2026/SG en el Diario de Centro América.

La disposición actualiza el marco operativo de la Ley del Alcohol Carburante y establece nuevas condiciones dentro de la cadena de comercialización de combustibles.

Registro y autorización para nuevo distribuidor

Chevron Guatemala Inc. se integra al sistema regulado

De acuerdo con el acuerdo ministerial, el MEM autorizó la inscripción de Chevron Guatemala Inc. en el Registro de Distribuidores de Alcohol Carburante, en cumplimiento de la normativa vigente que regula la mezcla y distribución de este tipo de combustibles en el país.

El documento establece que la empresa contará con contratos de almacenamiento en terminales ubicadas en tres puntos estratégicos del país: Puerto Barrios (Izabal), Puerto San José (Escuintla) y Santo Tomás de Castilla (Izabal), lo que forma parte de la infraestructura logística para la gestión del producto.

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Capacidad instalada y estructura operativa

Volúmenes proyectados de gasolina y alcohol carburante

El acuerdo detalla que la operación autorizada contempla una capacidad instalada o proyectada de 18 millones 669 mil galones para gasolina y 4 millones 200 mil galones para alcohol carburante, lo que suma un total de 22 millones 869 mil galones dentro del sistema de almacenamiento y distribución asociado.

Estos volúmenes forman parte de la planificación operativa que acompaña la implementación progresiva del esquema de mezcla de combustibles en el país.

Marco regulatorio del alcohol carburante

Objetivos de la normativa vigente

El MEM recuerda que la Ley del Alcohol Carburante tiene como finalidad regular las actividades relacionadas con la producción, almacenamiento, transporte, manejo y comercialización del alcohol carburante, así como su mezcla con combustibles derivados del petróleo.

Foto: DCA

Según la cartera, estas disposiciones buscan garantizar el abastecimiento del mercado, asegurar la calidad de los combustibles, reducir emisiones de gases de efecto invernadero y brindar certeza jurídica a los agentes involucrados en la cadena de suministro.

Implementación de la mezcla con etanol

Avance hacia combustibles con menor contenido fósil

La normativa vigente establece que las gasolinas comercializadas en el país deben incorporar hasta un 10% de etanol anhidro, conocido como mezcla E10. Esta medida forma parte del proceso de transición hacia combustibles con menor impacto ambiental.

El inicio de la comercialización de estos biocombustibles estaba previsto inicialmente para el 30 de junio; sin embargo, el Gobierno decidió aplazar su entrada en vigencia hasta el 21 de agosto, tras solicitudes de distintos sectores que pidieron un mayor periodo de preparación operativa.

Control técnico y supervisión del proceso

Verificación de calidad en cada etapa

El MEM explicó que el etanol será incorporado al combustible en terminales de despacho bajo procesos controlados. Antes de su distribución a estaciones de servicio, cada lote será sometido a pruebas de laboratorio para verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas y los estándares de calidad establecidos.

Este control busca asegurar la consistencia del producto final que llega al consumidor, dentro del nuevo esquema de mezcla obligatoria.

Seguimiento a la cadena de comercialización

Supervisión desde la importación hasta la distribución final

“El director de Energía del MEM, Julio Bran, explicó que la cartera dará seguimiento a toda la cadena de comercialización, desde el ingreso del biocombustible al país hasta su llegada a las estaciones de servicio, con el propósito de garantizar que el producto cumpla con los requisitos para su venta.”

El monitoreo abarcará cada etapa del proceso, desde la importación del etanol hasta su incorporación en la red de distribución nacional.

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