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Tribunal condena a agentes de la PNC por ejecución extrajudicial en caso Itzapa

Dos recibieron 60 años de prisión por ejecución extrajudicial y otros enfrentan distintas penas.

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Tribunal condena a agentes de la PNC por ejecución extrajudicial en caso Itzapa
Foto: cortesía

El Tribunal de Mayor Riesgo B, presidido por la jueza María Eugenia Castellanos, emitió sentencia contra siete agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) procesados por los hechos ocurridos en abril de 2024 en San Andrés Itzapa, Chimaltenango, relacionados con la muerte del ciudadano canadiense Milton Nelson Santamaría y la desaparición y posterior muerte del guatemalteco Elvin Leonel Choc Xi.

El tribunal impuso penas de hasta 60 años de prisión por el delito de ejecución extrajudicial y modificó la calificación jurídica de algunos de los delitos atribuidos a otros agentes.

Dos agentes reciben condenas de 60 años

El subinspector y entonces jefe de la subestación policial, Edy Leonel Vásquez Rabanales, fue condenado a 60 años de prisión por ejecución extrajudicial.

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La misma pena fue impuesta al agente Fredy Velásquez Pérez, a quien el tribunal encontró responsable de la ejecución extrajudicial en perjuicio de las dos víctimas.

En el caso del agente Mauricio Abraham Contreras, el tribunal impuso 30 años de prisión por ejecución extrajudicial en perjuicio de Santamaría. Sin embargo, fue absuelto de este delito en relación con Choc Xi.

Otras condenas

El tribunal también resolvió sobre la responsabilidad de los otros agentes procesados.

Yulisa Ayala Yol y Yorleni Macario Ramos fueron sentenciadas a ocho años de prisión cada una: tres años conmutables por el delito de discriminación y cinco años por incumplimiento de deberes.

En el caso de Jacobo Rojas Rojas, se dictaron penas por abuso de autoridad y detención ilegal. Además, fue absuelto del delito de denegación de auxilio.

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Por su parte, Ángel Mario Roquel recibió penas por incumplimiento de deberes y omisión de denuncia. Por esta última figura también se le impuso una multa de Q1,000, mientras que fue absuelto del delito de omisión de auxilio.

El Tribunal fijó para el 23 de octubre la audiencia de reparación digna para las víctimas.

Tribunal expone las razones de la sentencia

Antes de emitir el fallo, el Tribunal explicó los elementos que tomó en cuenta para establecer la responsabilidad de los agentes.

En relación con la ejecución extrajudicial, señaló que existió control del Estado, debido a que el jefe del Distrito 7 se presentó en la subestación donde ocurrieron los hechos. Sin embargo, según la resolución, al funcionario se le informó que no había ocurrido ninguna novedad.

El tribunal también tomó en cuenta los registros institucionales de la PNC para establecer que Vásquez Rabanales y Velásquez Pérez pertenecían a la misma promoción y habían prestado servicio en tres comisarías diferentes.

Respecto de Vásquez Rabanales, el tribunal señaló que participó en las agresiones contra Santamaría y que también contribuyó en los hechos relacionados con Choc Xi.

Según la resolución, un testigo fue trasladado hacia un barranco ubicado en la aldea El Rosario en un vehículo propiedad del subinspector y posteriormente abandonado en ese lugar.

Tribunal modifica delitos atribuidos a otros agentes

Durante el juicio, el tribunal también modificó la calificación jurídica de varios de los delitos por los que fueron acusados los agentes.

En el caso de Ayala Yol, el delito de ejecución extrajudicial fue modificado por incumplimiento de deberes. Además, se mantuvo la acusación por discriminación debido a expresiones que el tribunal consideró denigrantes y homofóbicas.

Una decisión similar fue adoptada respecto de Yorleni Macario Ramos, a quien se le modificó la acusación de ejecución extrajudicial por incumplimiento de deberes y discriminación.

En cuanto a Jacobo Rojas Rojas, quien participó junto con Macario Ramos en la detención de Santamaría, el tribunal modificó el delito de incumplimiento de deberes por detención ilegal. También determinó que no se configuraba el delito de denegación de auxilio y lo absolvió de esa acusación, mientras mantuvo la responsabilidad por abuso de autoridad.

Respecto de Ángel Mario Roquel, el tribunal determinó que incurrió en incumplimiento de deberes al considerar que optó por ocultar lo ocurrido y no informar sobre los hechos.

También lo declaró responsable por omisión de denuncia, aunque el Ministerio Público había solicitado su absolución por este delito. En cambio, fue absuelto por omisión de auxilio.

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Los hechos ocurrieron en abril de 2024

El caso se remonta al 18 de abril de 2024, cuando, según la investigación, el ciudadano canadiense Milton Nelson Santamaría murió presuntamente a manos de agentes de la PNC en San Andrés Itzapa.

Durante esos mismos hechos se reportó la desaparición de Elvin Leonel Choc Xi.

Después del incidente, varios agentes asignados a la subestación policial abandonaron el lugar. Entre ellos se encontraba Vásquez Rabanales, quien posteriormente fue localizado en Estados Unidos y deportado a Guatemala para enfrentar el proceso penal.

La investigación también alcanzó a otras personas. Entre ellas, un bombero que fue ligado a proceso y posteriormente aceptó cargos por el delito de encubrimiento.

Con la sentencia emitida por el Tribunal de Mayor Riesgo B, quedan establecidas las responsabilidades penales determinadas judicialmente para los siete agentes procesados, mientras la audiencia de reparación digna está programada para el 23 de octubre.

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